- Un pequeño pueblo con una Constitución propia que se
basa en el Evangelio
-
Para el Estado es una asociación civil
- Para la Iglesia es una parroquia y una asociación privada
entre fieles
- Las leyes, votaciones y decisiones se deben confirmar con voto de
unanimidad
Nomadelfia es un pueblo comunitario, más que una comunidad. Tiene
su historia, su cultura, su ley, su lenguaje, su costumbre de vida y su
tradición. Es una población con todos sus componentes: hombres,
mujeres, sacerdotes, familias e hijos.
PARA SER NOMADELFIOS. Nomadelfios no se nace,
se es por libre elección. Muchos hijos, al llegar a ser mayores
de edad, dejan la comunidad. Los que desean ser nomadelfios, incluso sus
hijos, tienen que solicitar su admisión que prevé un período
de prueba. Y si se les acepta ante el altar y ante todo el pueblo.
El que se hace nomadelfio se compromete para toda la vida. Sin embargo
tiene la libertad de retirarse en cualquier momento.
TODOS LOS BIENES SON EN COMÚN. Los recursos económicos
provienen del trabajo, de las aportaciones asistenciales para los hijos
acogidos y de la Providencia, en especial a través de las actividades
de apostolado: prensa, Veladas y encuentros.
Los nomadelfios se comprometen a obedecer las disposiciones de los órganos
correspondientes y tienen que estar dispuestos a cualquier iniciativa,
trabajo o movimiento.
LA RELIGIOSIDAD. Nomadelfia se funda en la fe católica.
La Iglesia la ha reconocido como población y la ha erigido como
parroquia en 1962.
En 1994 aprobó su nueva Constitución como «Asociación
privada entre fieles» (C.I.C 298 y ss).
Por lo que se refiere al culto, a la doctrina y a la costumbre de vida,
Nomadelfia se adhiere a la doctrina, al culto y a la costumbre de vida
de la Iglesia.
LA
CONSTITUCIÓN. Para el Estado italiano Nomadelfia es una asociación
civil, organizada bajo forma de cooperativa de trabajo. En su interior
está en vigor una Constitución cuyos valores se inspiran
en el Evangelio y cuya organización se basa en la de los Estados
de derecho.
Es una democracia directa: todos los nomadelfios efectivos (aquellos que
han firmado la Constitución) forman parte de la Asamblea,
que ejerce el poder legislativo y elige los cargos constitucionales.
Las leyes, las decisiones y las votaciones para los cargos constitucionales
se aprueban por mayoría, y deben ser confirmadas con voto de unanimidad.
La Presidencia ejerce el poder ejecutivo y organiza la vida diaria.
El Consejo Administrativo se encarga de la administración.
El Consejo de los Ancianos elige y controla el Economato, y arbitra
en caso de que no se logre unanimidad en la Asamblea.
El Colegio de los Jueces interviene en casos de contienda, y vela
sobre la constitucionalidad de los actos de todos los organismos.
El Sucesor del Fundador es un sacerdote. Garantiza que la vida
se desarrolle en armonía con el espíritu del fundador, del
Evangelio y de la Constitución.
De la CONSTITUCIÓN de la POBLACIÓN
de los NOMADELFIOS
Art. 2 - CONDICIONES PARA SER NOMADELFIOS
Pueden ser Nomadelfios aquellos que:
- hayan cumplido 21 años
- sean católicos que profesen abiertamente la Fe y la Moral según
las enseñanzas y la disciplina de la Iglesia Católica
- renuncien a poseer bienes bajo cualquier título y de cualquier
naturaleza
- acepten ser pobres en el sentido de poseer sólo lo necesario
para llevar una vida digna.
Art. 4 - SOBRIEDAD
Los Nomadelfios, como individuos y como Población, deben vivir
sobriamente, según las verdaderas exigencias humanas, en el espíritu
de los consejos evangélicos y en particular del «Sermón
de la Montaña», que para los Nomadelfios no es un mero consejo,
sino una ley.
Art. 47 - PELEAS
La Población de los Nomadelfios no permite que haya peleas entre
sus miembros.
Si nacen razones de contienda entre dos o más Nomadelfios o Postulantes,
éstos deben recurrir a la corrección fraternal como requiere
el Evangelio.
Si el contraste persiste, deben dirigirse al Colegio de los Jueces que
abrirá un procedimiento según el Reglamento.
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